Normativa de los drones
En Argentina
La ANAC publicó un apartado en su sitio web con las preguntas más frecuentes en torno a la operación de vehículos aéreos no tripulados. La reglamentación entró en vigencia el 12 de noviembre de 2015, y aquí detallamos sus puntos más destacados, junto a las recomendaciones de uso apropiado del equipo.
De acuerdo a la reglamentación de la ANAC, todos los drones y vehículos aéreos no tripulados deben ser registrados, sin importar su peso o uso.
Sólo hay un costo para la inscripción: 500 pesos para drones de hasta 10 kilos; 1000 pesos para los equipos de hasta 150 kilos y 1500 pesos los que superen los 150 kilos.
Se deben registrar tanto el operador, a cargo del control del drone, como aquellas personas que lo asistan.
Los operadores deben ser mayores de 18 años, mientras que los menores de 16 años deben estar acompañados por un adulto.
El uso recreativo, por diversión, esparcimiento, placer, pasatiempo, con fines terapéuticos y sin ninguna otra motivación, sólo requiere de una registración on line del operador en el sitio de la ANAC.
En este caso, sólo pueden ser operados en un espacio aéreo segregado, como clubes de aeromodelismo.
El uso del drone con fines comerciales requiere de la registración del operador, del vehículo aéreo utilizado y aprobar un exámen teórico y práctico sobre el uso del drone.
Los operadores de drones con fines comerciales también deberán presentar un manual de operaciones, con especificaciones sobre su uso, detallar los procedimientos de seguridad y contar con una cobertura de riesgo contra terceros que va desde los 650.000 a los 4,9 millones de pesos según el tipo de uso y envergadura del vehículo aéreo.
En Chile
En Chile, avanzaron un poco más y la Dirección General de Aeronáutica Civil presentó una normativa que establece su autorización para quienes quieran hacer uso de los drones en espacios públicos. Prohíbe que se acerquen a menos de dos kilómetros de los aeropuertos o aeródromos, o que sobrevuelen zonas prohibidas por razones de seguridad.
En México
México por su parte declaró que los drones solo volarán durante el día y no pueden transportar objetos peligrosos; no podrán volar en áreas clasificadas como prohibidas, restringidas o riesgosas. Ver nota completa
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